ANÁLISE
A nova Lei do Solo
La Voz de Galicia. 19/12/2002
La norma establece medidas para preservar el patrimonio y propiciar un crecimiento urbano más racional, pero requiere cubrir el vacío de medios técnicos en los concellos
La Lei de Ordenación Urbanística e Protección do Medio Rural que ayer aprobó el Parlamento recoge el diagnóstico de especialistas y sus recetas para mitigar y corregir, o al menos intentarlo, los muchos males que aquejan al urbanismo gallego. La empresa es complicada. La anarquía de la construcción en el medio rural, donde la urgencia del todo vale ha acribillado el patrimonio arquitectónico; y el desordenado crecimiento urbano han minado el paisaje hasta hacer del caos su seña de identidad más visible. Esta situación denota una falta de sensibilidad y respeto al entorno, pero también una desidia por parte de la Administración para velar por el cumplimiento de la ley. Y éste es el reto que la Xunta tiene otra vez por delante. De su actuación y de la diligencia en la dotación de medios técnicos a los pequeños concellos depende que las intenciones puedan pasar del papel a la práctica. Éstas son las principales novedades del texto que reemplaza a la obsoleta Lei do Solo de 1997:
1. Menos altura en los núcleos rurales. La nueva ley urbanística delimita un patrón que deberán seguir las edificaciones en núcleos rurales. La altura no podrá exceder los siete metros, que corresponden a planta baja con un único piso superior. En las cubiertas, se imponen los tejados sin quiebros, con una inclinación que deberá ser inferior a 40 grados. Las buhardillas dejarán paso a ventanas inclinadas. En las fachadas se empleará piedra y materiales de la zona. La parcela mínima para edificar será de 300 metros cuadrados, en ámbito consolidado, y de 600 si es un área de expansión.
2. Más zonas verdes y equipamientos urbanos. La normativa obliga a los promotores a reservar más espacio para zonas verdes y equipamientos. Por cada 100 metros cuadrados edificables, tendrán que dejar 18 para zonas verdes y disponer suelo para dos plazas de aparcamiento. Además, las calles de nueva apertura deberán tener un ancho mínimo de 16 metros. Se trata de promover ciudades que sean mucho más habitables.
3. Galicia crece a lo alto. La normativa compensa la exigencia de equipamientos con el aumento del límite de edificabilidad máxima. Esto se traducirá en la práctica en edificios con más alturas en las ciudades de más de 50.000 habitantes. Con la nueva ley, Galicia se sitúa como una de las comunidades que autorizan más alturas. Esta medida resuelve uno de los frentes de batalla en que con más insistencia se han aplicado promotores y constructores. Eso sí, lo de dejar los edificios a medias se acabó. Los promotores tendrán tres años para concluir las obras.
4. Más viviendas de promoción pública. Los planeamientos urbanísticos de todos los municipios deberán reservar al menos un 20% del suelo urbanizable para atender las demandas de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública. El objetivo, claro está, es contribuir a cumplir el derecho constitucional, por el que cada vez hay se paga más, de tener una vivienda digna.
5. Mayor control del suelo. La normativa persigue acelerar el proceso edificador para atajar la especulación con el suelo y controlar el factor clave en la escalada del precio de la vivienda. También orientada en esa dirección está la regulación del deber de edificar los solares vacantes, una vez superados los plazos que determine el planeamiento.
6. Expropiación forzosa. Una de las novedades de la ley es la posibilidad de que los concellos puedan forzar a los dueños de solares vacíos a que faciliten su urbanización. Una nueva figura organizativa será el Xurado de Expropiación de Galicia, un órgano permanente y especializado que resolverá los procedimientos para fijar el precio justo en las expropiaciones de la Xunta o de los concellos. El Ejecutivo también podrá ordenar el derribo de edificios sin terminar o inadecuados.
7. Ampliación del área de protección de costa. Una de las apuestas más contundentes de la normativa. El área protegida en suelo rústico pasa de los 100 metros previstos en la Ley de Costas del Estado a 200. Éste fue uno de los puntos calientes en el debate parlamentario de las enmiendas al proyecto de ley. Los socialistas presionaron para tratar de flexibilizar una medida que temen que el Gobierno gallego pueda aplicar de modo discrecional.
8. Planeamientos mucho más ágiles. La nueva ley agiliza los planeamientos, al eliminar trámites hasta ahora preceptivos, y concede más autonomía a los concellos urbanos para definir su modelo de ciudad. Entre las figuras urbanísticas que demoraban la gestión del planeamiento y que quedan superadas está el informe de las diputaciones provinciales. En los núcleos rurales colindantes con el suelo urbano de las ciudades, no será necesaria planificación específica. La Xunta atiende una de las principales demandas y deja en manos de los ayuntamientos la aprobación de planes definitivos y parciales, aunque tutelará los planeamientos generales.
9. Rehabilitación. Los propietarios de edificios, terrenos y urbanizaciones de uso particular deberán mantenerlos en condiciones. Los concellos velarán por el estado de conservación de los inmuebles, y podrán ordenar la renovación o reforma de aquellas fachadas visibles desde la vía pública. Además, un servicio de inspección controlará los edificios antiguos para reducir el riesgo de posibles derrumbes. Las sanciones máximas pueden llegar a 1,5 millones de euros.
10. Construcciones de uso agrario. La superficie mínima para edificar en suelo agrícola será de 4.000 metros cuadrados, si bien para la construcción de galpones y cuadras se exigirán un mínimo de 5.000. Los agricultores, sus hijos y los jubilados del campo ya no pagarán el aval del 5% para edificar.
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